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Justicia avala: la DGT no puede multar siempre por ITV caducada

Por Redacción Podio ·
Justicia avala: la DGT no puede multar siempre por ITV caducada
Foto: SPORT

Una reciente resolución judicial ha establecido límites a la potestad de la Dirección General de Tráfico (DGT) para imponer multas por circular con la Inspección Técnica de Vehículos (ITV) caducada.

La Inspección Técnica de Vehículos, ese trámite obligatorio para garantizar la seguridad en carretera, genera frecuentemente dudas entre los conductores. Ahora, una decisión judicial ha venido a aclarar un aspecto clave: la DGT no siempre tiene el derecho legal y automático de sancionar a un conductor por tener la ITV caducada.

Esta resolución pone de manifiesto que la mera expiración de la vigencia de la ITV no es, por sí sola, motivo suficiente para imponer una sanción si no se cumplen ciertos requisitos. Los tribunales están matizando la aplicación de la normativa, indicando que la administración debe demostrar la efectiva puesta en peligro o la infracción concreta.

Esta sentencia es relevante porque podría sentar un precedente importante para futuros casos y genera un debate sobre la rigurosidad con la que se aplican las sanciones relativas a la ITV. Los conductores que se encuentren en esta situación podrían tener más argumentos para recurrir multas si la DGT no puede probar la culpabilidad o el perjuicio derivado de circular con la inspección vencida.

💬 Opinión

Las sentencias judiciales que limitan el poder sancionador de los organismos públicos son un recordatorio necesario de que la ley se aplica a todos, incluyendo a quienes la hacen cumplir.

Fuente: SPORT

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