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Despido improcedente por impuntualidad: la Justicia rebaja la sanción a un mecánico

Por Redacción Podio ·
Despido improcedente por impuntualidad: la Justicia rebaja la sanción a un mecánico
Foto: SPORT

El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco ha dictaminado que un despido disciplinario por 63 llegadas tarde puede ser considerado improcedente si la sanción resulta desproporcionada.

La justicia ha enviado un claro mensaje a las empresas: no toda acumulación de retrasos justifica un despido disciplinario. El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) ha declarado improcedente el cese de un mecánico, considerando que la empresa aplicó una sanción excesiva. La resolución obliga a la compañía a elegir entre reincorporar al trabajador, abonando los salarios de tramitación, o indemnizarle con 27.412,53 euros.

La clave de la decisión judicial reside en la escasa entidad de las tardanzas. A pesar de sumar 63 faltas de puntualidad, la mayoría de los retrasos no superaban los dos a cuatro minutos, y ninguno excedía los diez minutos. El tribunal también tuvo en cuenta que el convenio colectivo contemplaba medidas disciplinarias menos severas antes de llegar al despido. El empleado, que trabajaba en la empresa desde junio de 2015, ya había sido amonestado previamente por 48 retrasos, algunos de ellos más prolongados.

La empresa intentó justificar el despido no solo por la impuntualidad, sino también por una supuesta reducción de productividad. Sin embargo, el TSJPV recordó que la legislación exige acreditar que dicha disminución responde a una conducta consciente y voluntaria. En este caso, la compañía solo aportó datos comparativos, sin pruebas de una actitud intencionada del empleado para perjudicarla. Por ello, el tribunal revocó la sentencia inicial, declarando improcedente el despido al considerarlo una medida desproporcionada dada la antigüedad del trabajador, la corta duración de los retrasos y la falta de pruebas sobre una bajada deliberada del rendimiento.

💬 Opinión

La sentencia del TSJPV subraya la importancia de la proporcionalidad en las sanciones laborales, recordando a las empresas que los pequeños retrasos, sin mala fe demostrada, no son causa inmediata de despido.

Fuente: SPORT

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